El miércoles 26 de Abril de 2000 se reune la Comisión Directiva de AAAVyT presidida por el Sr. Marco Palacios,  cuya parte referida a estos temas se reproduce a continuación:

 

ACTA DE LA REUNION DE LA COMISION DIRECTIVA AAAVYT

 

Fecha: miércoles 26 de abril del 2000-

Hora : 18:00

Lugar: Sede de AAAVYT

 

D e s a r r o l l o

 

Instalación: siendo las 18:30  horas se inicia la reunión

 

4.8.      Legal: el Dr. Moretti  brinda una amplia información sobre el resultado de las decisiones tomadas en Córdoba y en Capital Federal, rechazando el pedido de medida cautelar solicitado. No se explica como fue hecha la presentación en Córdoba, pues a raíz de las noticias recibidas, parecería que lo fue sólo en 11 páginas, cuando  los antecedentes que se enviaran constaban de 55 páginas. La decisión del Dr. Tresguerras hay que entenderla ya que no maneja ni domina su juzgado, por lo que el proyecto de resolución estuvo a cargo del secretario, ya que el subsecretario apoyaba la medida cautelar. La razón es que si se otorgaba la medida de no innovar se acababa el pleito, ya que se vedaba el derecho de defensa de la otra parte.  Según el Dr. Peyrano (Santa Fe)  existían muchas probabilidades de reconocerse el derecho de AAAVYT.

 

Existen posibilidades en el caso de que la Cámara opine a favor, pero es el caso de considerar el supuesto de que hubiere una negativa. En esta situación sugiere aguardar hasta el 05 de junio para decidir qué hacer.  Destaca la demora de tres meses para decidir este tema y hace constar que, a diferencia de Chile, falta una acción protectiva como la ejercida en Santiago, primero contra Lufthansa y luego contra las demás líneas aéreas. Hace conocer que en el  juzgado se han producido llamadas telefónicas para conocer la decisión. Considera que la posición argentina es bien  clara y puede constituirse en pieza clave de este problema.  Aclara, asimismo, que en el caso de que se apruebe la medida cautelar de no innovar, las agencias que hubieren  acepto por escrito el 6 % no se podrían beneficiar de aquella.

Ante la consulta que le formula el señor González, se le solicita que el abogado de Córdoba envíe copia de la presentación que efectuara.

 


 

El viernes 05 de Mayo de 2000 se reune la Comisión Directiva y Junta Directiva Federal de AAAVyT en la ciudad de Córdoba,  presidida por el Sr. Marco Palacios,  cuya parte referida a estos temas se reproduce a continuación:

 

ACTA DE LA REUNION DE LA COMISION DIRECTIVA Y

DE LA JUNTA DIRECTIVA FEDERAL AAAVYT

 

Fecha: viernes 05 de mayo del 2000

Hora:  19:00

Lugar: Ciudad de Córdoba - Patio de Olmos – Salón Independencia

 

D E S A R R O L L O

 

5.2.      Mendoza: la señora Fazio hace notar que en el listado de las agencias que efectuaron la denuncia a las compañías aéreas, han faltado algunas por lo que se le solicita envíe ese detalle.

Hace notar, asimismo, que recién en el día de la fecha se presenta la denuncia, que estuvo demorada por la conveniencia de elegir abogado y juzgado.

 

ACUERDO: se toma nota

 

5.3.      La Plata: el señor  Migliavacca informa que se ha mantenido una entrevista con el subsecretario de turismo para dialogar sobre el tema, quien los ha derivado a la dirección provincial de turismo por corresponderle a ella el tratamiento del tema.

                                  

5.4.      Santa Fe: el señor Barbaglia informa que el juez ante el cual se presentó la denuncia se declaró incompetente por entender que se superponían dos jurisdicciones, nacional y provincial

 

ACUERDO: tomar nota y disponer que Santa Fe apele para lo cual deberá ponerse en contacto con la Dra. Lipschitz.

 

8.    Presidencia: el señor Palacios se refiere a:

8.1. Recorte de comisiones: sintetiza las manipulaciones efectuadas al expediente a raíz de las declaraciones de incompatibilidad del juez Tresguerras y las tres veces que apelada la decisión, la Cámara lo volvió a incorporar a la causa luego de la tercera apelación. Destaca que en realidad esto fue favorable a la AAAVYT porque si hubiera dictado la  medida cautelar solicitada, AAAVYT no hubiera tenido posibilidad de apelar.

Sintetiza la información recibida de Ecuador donde si bien se aplicaron dos multas a American Airlines y una suspensión de sólo 30 días para que volara un 30 % de la programación con ese país, se está logrando retrotraer la situación derogando le legislación que era mandatoria para el mantenimiento de la comisión.

ACAV informa que la denuncia estuvo demorada hasta que el 12.04.00 hubo resolución que fue apelada el 24.04.00.

Se toma nota de las regionales que presentaron la denuncia y de las que no lo hicieron.

8.2.      Comité de Crisis: se toma nota de las acciones desarrolladas para generar un Polo Unificado de Emisión (sólo de pasajes aéreos)

 


 

El miércoles 17 de Mayo de 2000 se reune la Comisión Directiva de AAAVyT presidida por el Sr. Marco Palacios,  cuya parte referida a estos temas se reproduce a continuación:

 

ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO

ACTA DE LA REUNION DE COMISION DIRECTIVA

 

Fecha: miércoles 17 de mayo del 2000

Hora : 18:00

Lugar: Sede de AAAVYT – Salón Federación

 

ACUERDO: declarar la mayoría reglamentaria con la presencia de seis directivos  titulares y un suplente en función titular, total siete titulares

 

7..6   Denuncia por el recorte de comisiones: se solicita el informe del Dr. Moretti quién indica que  está interviniendo la Dra. Marina M. de Vidal y que se han solicitado las resoluciones adoptadas en Brasil y en la fecha, las de otros países como Ecuador y Chile.  Estima que a fin de mayo o principios de junio habrá resolución del expediente y hace notar que siente algún temor si se difunde que la Reso. IATA 016ª quedará sin efecto el  30 de junio [1].

 

ACUERDO: tomar nota del informe

 


 

El jueves 18 de Mayo de 2000 se reune la Comisión Directiva de AVIABUE presidida por Mario Zirolli,  cuya parte referida a estos temas se reproduce a continuación:

 

ASOCIACION DE AGENCIAS DE VIAJES DE BUENOS AIRES

REUNION DE COMISION DIRECTIVA N° 464

 

FECHA:            Jueves 18 de mayo de 2000

HORA:              18:30 horas

LUGAR:            Sede de AVIABUE

 

DESARROLLO/RESOLUCION:

05. PRESIDENCIA

 

Denuncia ante la Dirección Nac. de Defensa de la Competencia

 

El Dr. Moretti hace referencia a la solicitud realizada por dicho Organismo, a fin de contar con pruebas documentales de resoluciones adoptadas en otros países por organismos pares sobre el tema reducción de comisiones, lo cual se está requiriendo a las Asociaciones Nacionales a través del Sr. Gerardo Belio.

 

Asimismo, se refiere a la solicitud de entrevista que está coordinando con funcionarios de la mencionada Dirección, para concertar una reunión con el Dr. Winograff, Secretario de la misma.

 

En otro orden de cosas, hace mención a los aspectos formales que fundamenta la presentación institucional, destacando que uno de los aspectos que se debe analizar es la caducidad de la Resolución 0016a a partir del 31 de julio de 2000, la cual excepto determinados países, fija ciertas tarifas aéreas. Ahora bien, el problema que se plantea es que Argentina, como así también otros países de Latinoamérica, quedaría sin normas específicas para el futuro, entendiendo que esta situación perjudica aún más al sector.

 

Por lo tanto, considera que se debe lograr como mínimo ante IATA [2] que no existan países que queden desprovistos de norma alguna, ya que no sólo resulta desfavorable para el sector sino también para las compañías aéreas.

 

En otro orden de cosas, el Sr. Palacios observa los dichos de la línea aérea Lufthansa [3] en cuanto a la situación de la empresa y los motivos por el cual decidieron reducir las comisiones, considerándolos contradictorios.

 

El Sr. Rodriguez opina que se debería difundir esta contradicción a través de una solicitada, ya que dicha empresa está presentando al mercado un doble mensaje, lo cual resulta inverosímil.

 

El Sr. Palacios realiza un análisis de las gestiones cumplidas en la AAAVYT a través de la Comisión Directiva anterior, y las acciones que debe encaminar la conducción actual de la Institución, fijando como base la necesidad de solucionar los problemas de los Agentes de Viajes que enfrentan en forma cotidiana.

 

En este sentido se refiere  a la importancia de haber tenido la oportunidad de formar parte del Grupo Milenio, el cual actúa en forma internacional y que está conformado actualmente por cinco integrantes de las compañías aéreas y tres miembros de agencias de viajes. Entre otras cosas, en el ámbito de este grupo por ejemplo se está analizando la aplicación de un impuesto de 0,45 U$S para crear un fondo que será destinado por si alguna línea aérea quebrara.

 

En este sentido, recuerda que oportunamente en el marco de esta Asociación se generó una idea de similares características, como fondo de protección para las agencias de viajes [4], lo cual luego de haber consultado con IATA su viabilidad se derivó a la idea de crear una estampilla para los pasajes aéreos.

 

Al respecto, también fue planteado al Ing. Lombardi que AAAVYT absorbería los gastos para que la Sectur participe en Hannover, y a cambio conseguir el apoyo de la Secretaría para llevar adelante el proyecto antes mencionado.

 

Lo expuesto es un compendio de los temas a los cuales AAAVYT debe abocarse a trabajar en defensa de los intereses de los Agentes de Viajes, del mismo modo que resulta necesario en los tiempos que corren romper el paradigma de la comisión y reemplazarlo por un ingreso que sirva a las empresas a ser rentable su negocio [5]. Por lo tanto, será necesario también provocar un cambio en la visión del sector y en lo institucional, utilizando como referente la figura de una Asociación gremial empresaria.

 


 

El 29 de Mayo la Cámara resuelve revocar la decisión del Juez Tresguerras y ordena se proceda a sortear nuevo Juez para que se pronuncie exclusivamente sobre la procedencia de la medida;  a continuación se transcribe el texto completo de la misma:

 

C 350/2000       ASOCIACION ARGENTINA DE AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO c AMERICAN AIRLINES Y OTROS s/ SUMARISIMO.

JUZG. 2 SEC. 4

 

Buenos Aires, 29 de mayo de 2000

 

VISTO: el recurso de apelación interpuesto a fs. 1398, contra la decisión de fs. 1396/1397, fundado a fs. 1400/1406 vta.;

 

Y CONSIDERANDO:

 

  1. Que la actora requirió se dictara una medida cautelar de no innovar ordenando a las codemandadas liquidar, durante el desarrollo del proceso, el 9% de comisión a las agencias de viajes por expendio de pasajes aéreos [6] ( conf. Punto IV, 3 del escrito de inicio – fs. 1094, in fine ), en el marco de un proceso de conocimiento tendiente a obtener – en lo que aquí resulta de interés – la declaración de nulidad de toda comisión inferior a dicho porcentual abonada a las agencias de viajes por el concepto aludido.
  2. que el sentenciante rechazó el pedido de cautela, pues entendió que, en tanto el objeto del proceso principal y el de la medida requerida se confundían en una sola e idéntica finalidad, “se desvirtuaría el instituto cautelar si entráramos a analizar cuestiones que sólo deben reservarse para el momento del dictado de una sentencia definitiva”. (fs. 1396 vta.)
  3. que, al respecto, cabe señalar que en la medida de no innovar y en la medida cautelar innovativa existen fundamentos de hecho y de derecho que imponen al Tribunal expedirse provisionalmente sobre la índole de la petición formulada, por lo que no corresponde desentenderse del tratamiento concreto de las alegaciones formuladas so pretexto de incurrir en prejuzgamiento ( conf. Corte Suprema de Justicia de la Nación, causa “Camacho Acosta, Maximino c. Grafi Graf SRL y otros”, del 7.8.97 – Fallos: 320:1633).

“Ello resulta así, pues es de la esencia de esos institutos procesales de orden excepcional enfocar sus proyecciones – en tanto dure el litigio – sobre el fondo mismo de la controversia, ya sea para impedir un acto o para llevarlo a cabo, porque dichas medidas precautorias se encuentran enderazadas a evitar la producción de perjuicios que se podrían producir en caso de inactividad del magistrado y podrían tornarse de muy dificultosa o imposible reparación en la oportunidad del dictado de la sentencia definitiva” (Tribunal citado, causa citada).

  1. que, en el caso, la actora expresamente esgrimió que “la demora en resolver esta cuestión podría afectar no sólo los intereses de las agencias asociadas a mi poderdante sino que llevaría directamente al quebranto a muchas de ellas y cesarían en sus actividades más de 20.000 personas. Todo ello puede ocurrir desde el preciso momento en el cual las agencias deberían comenzar a aplicar la comisión impuesta y determinada por las demandadas (6%) en la emisión de pasajes..........es imposible aguardar la finalización de este proceso aceptando las condiciones unilateralmente impuestas por las accionadas” ( punto XIII, letra “d” del escrito inicial – fs. 114 vta. / 115 - ).
  2. Que, en tales condiciones, es decir ante la magnitud, gravedad e irreparabilidad del daño invocado por la peticionaria de la medida, y de conformidad con el criterio reseñado en el punto 3 de esta resolución, no correspondía al señor Juez desentenderse del tratamiento concreto de las alegaciones formuladas ( conf. Corte Suprema, fallo citado; ver sobre el tema, Arazi, Roland, “Tutela anticipada”, en Revista de Derecho Procesal, Nro 1, Medidas Cautelares, p. 385/394 – y doctrina allí citada, esp. Morello, Augusto Mario, “La tutela anticipada en la Corte Suprema” – nota a fallo - , ED-176-62).
  3. Que, por último, es pertinente destacar que la cita de esta Sala efectuada por el Magistrado a fs. 1396 vta. No resulta adecuada al sub examine . Ello, desde que la causa allí mencionada corresponde a un caso donde se encontraba en discusión la protección cautelar de una patente de invención; supuesto éste que a la fecha de la resolución de esta Sala se hallaba regido exclusivamente, en tanto encuadrado en las previsiones específicas de la ley especial, por el sistema previstos por los art. 83 a 87 de la ley 24.481 ( conf. Causa 5.298/98 del 16.2.99).

 

En consecuencia, SE RESUELVE: revocar la decisión apelada. Toda vez que el Doctor José Luis Javier Tresguerras adelantó opinión sobre el tema, deberá remitirse los autos a la Oficina de Asignación de Causas a fin de que proceda a sortear nuevo Juez para que se pronuncie exclusivamente sobre la procedencia de la medida.

Déjase constancia de que la tercera vocalía de la Sala se encuentra vacante ( art. 109 del RJN ).

Regístrese, notifíquese y cúmplase con la remisión a la Oficina de Asignación de Causas.

 

EDUARDO VOCOS CONESA

MARINA MARIANI DE VIDAL

 

El miércoles 31 de Mayo de 2000 se reune la Comisión Directiva de AAAVyT presidida por el Sr. Marco Palacios,  cuya parte referida a estos temas se reproduce a continuación:

 

ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO

ACTA DE LA REUNION DE COMISION DIRECTIVA

 

 

Fecha: miércoles 31 de mayo de 2000

Hora: 18:00

Lugar: Sede de AAAVYT – Salón Federación

 

DESARROLLO

 

Transporte Aéreo

Reso. IATA 016ª.: se toma nota de la síntesis que ha sido distribuida. El Dr, Moretti formula algunas apreciaciones destacando lo confuso de los elementos e informes recibidos, lo que hace dudar si la resolución desaparecerá, si será reemplazada, etc.

Ante esta situación confusa se decide efectuar consultas directas a los señores José Chalén (VASP) y Fernando Dozzo (ARSA)

 

ACUERDO: encomendar al señor Testoni la realización de estas consultas con el Dr. Moretti.

 

El señor Cortegoso formula algunas preguntas y hace notar la falta de convocatorias a las escasas reuniones de la Subcomisión respectiva y reitera que las mismas se pueden efectuar el día de la C.D. o el día posterior. Pregunta:

a) que ha pasado con el retorno al sistema quincenal. Se explica que se consideró en la Asamblea General de Miami y ante la oposición de dos aerolíneas, fue transferida a la reunión a celebrarse en junio ( 13 / 14.06.00)  donde la decisión debe ser aprobada por unanimidad.

b) estado actual de la denuncia presentada.  Se aclara que ha estado en la Cámara que la hecho circular entre sus camaristas y que se estima tendrá pronta resolución.

c)  Estado de los trabajos sobre el “ pool de compras “: se indica que se continúa trabajando en un comité reducido.

 

 


 

El jueves 1º de Junio de 2000 se reune la Comisión Directiva de AVIABUE presidida por Mario Zirolli,  cuya parte referida a estos temas se reproduce a continuación:

 

ASOCIACION DE AGENCIAS DE VIAJES DE BUENOS AIRES

 

DESARROLLO/RESOLUCION:

 

01.               PRESIDENCIA

Demanda ante la Dirección de Defensa de la Competencia

Informa que en relación a la Cédula de Notificación recibida de la mencionada Dirección, por la cual solicitaba resoluciones de organismos pares que se hayan expedido por la rebaja de comisiones en otros países, se le cursó la correspondiente respuesta en función a la información recabada por intermedio de AAAVYT, si bien no existe antecedentes concretos en las condiciones solicitadas pero se le hizo llegar otras actuaciones como aporte al expediente.

 

La Sra. Reinhold acota que también se adjuntó una nota periodística sobre las resoluciones y resultados obtenidos en los diferentes países, publicada por la revista Gerencia Viajes.

 

Continúa el Sr. Zirolli señalando que su visión es optimista por la atención que están prestando en este Organismo a la denuncia presentada, además de que se esté haciendo el seguimiento de la resolución que adopte la justicia.

 

 

 



[1]   El vencimiento era el 31 de Julio de 2000 con efecto el 31 de Julio de 2001

[2]   Un planteo muy ingenuo e imposible de lograr en medio de una disputa judicial;  aquí el Gobierno no hizo reserva.

[3]   Queda claro que la línea aérea Lufthansa no entro en el proceso judicial por motivos de no contar con los recursos necesarios.

[4]   Otra idea de los agentes de viajes de Argentina, luego tomada por el GCC y que dio lugar a la elaboración del PPP ( Plan de Protección al Pasajero ),  aprobado y aún pendiente de ejecución.

[5]   Concepto que luego depurado serviría de base para la elaboración del Plan “B”

[6]   La  negrita no es original;  en negrita se destaca lo más importante para facilitar la lectura

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