Ante algunos artículos periodisticos relacionados con la puesta en marca de Arancelamiento por parte de las agencias de viajes por sugerencia de AAAVYT y AVIABUE,   las Instituciones aclaraban lo siguiente:

El pasado 11 de Abril del 2000 editamos:

           LOS ARANCELAMIENTOS NO SON CONSECUENCIA

DE LA REBAJA DE LAS COMISIONES

Muchos agentes de viajes,  y en especial casi todas las líneas aéreas,  han confundido la puesta en marcha de los niveles de Arancelamiento por Servicios Turísticos prestados por las agencias de viajes con la rebaja de las comisiones dispuestas por algunas Compañías Aéreas.

NO TIENE NADA QUE VER UNA COSA CON LA OTRA.

El reglamento que dispone la vigencia de los aranceles es de fecha 1º de Noviembre de 1999,  y las tres líneas anuncian la rebaja de comisiones en el mes de Enero del 2000.

Los Aranceles por los servicios prestados por las agencias de viajes surgen como una consecuencia necesaria de profesionalizar a nuestra actividad,  y en el caso de la venta de transporte aéreo para evitar la pérdida sistemática de rentabilidad por la aplicación por parte de las Líneas Aéreas de tarifas aéreas de liquidación y de regalías ( pasajes por millaje ).

Entendamos que la pérdida de comisiones se produce por la disminución de las tarifas,  como así también por la baja de los porcentajes.

Vender sólo transporte aéreo dejo hace tiempo de ser negocio para las agencias de viajes.  Pongamos valor agregado ofreciendo más servicios.

Finalmente la Asociación Nacional ( AAAVYT )  declaraba:

CAMBIAMOS O NOS CAMBIAN

Dirigir agencias de viajes en todas sus modalidades será mucho más difícil y apasionante en el futuro que en el presente. ¿ Por qué? Los consumidores son y serán cada vez más exigentes, los mercados más inestables, los cambios en la tecnología de hacer negocios van a colocar a los agentes de viajes ante decisiones de mayor trascendencia, las oportunidades de negocio y las recompensas de quienes las capitalicen se van a multiplicar, etc. La lista podría hasta llegar a abrumar.

Nunca será tan importante como en los próximos años la competencia profesional de liderar la industria de los viajes y el turismo en la Argentina. Nos tenemos que exigir más. O los agentes de viajes progresan al mismo ritmo de los cambios que se están produciendo en sus mercados o corren el riesgo de convertirse en cuellos  de botella en el desarrollo de sus empresas.

Los agentes de viajes deben invertir en sus habilidades estratégicas, pero también en sus habilidades en la gestión de personas y de sí mismos. El listón no deja subir. Las recompensas cuando las cosas se hacen bien son inmensas.

Invertir en uno y en su gente es una de las opciones más rentables del momento.

Y entonces nosotros nos preguntamos sí es justo que después de haber trabajado tanto,  se siga minimizando nuestro esfuerzo.

Abrimos el juego,  el debate, rogándole al Sr. Manuel Sierra a que nos ayude a encontrar un poco de luz ante tanta confusión.

 

 


El 21 de Septiembre de 2000,  AVIABUE informa a los Señores Asociados que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 58° y 63° del Estatuto Social de la Institución, la Comisión Directiva – según consta en el Acta Nº 473  ha dispuesto convocar en carácter de urgente a Asamblea General Extraordinaria para el día miércoles 27 de septiembre de 2000 a las 17:00 horas, en primera convocatoria, y a las 18:00 horas en segunda convocatoria, a efectuarse en la Sede Social de AVIABUE, sito en la calle Viamonte 640 Piso 6° de Capital Federal, para considerar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1.       Instalación.

  1. Lista de Asistencia – Declaración de quórum.
  2. Designación de dos asociados para refrendar el acta de la Asamblea, conjuntamente con el Presidente y el Secretario.
  3. Consideración de la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria.
  4. Consideración del valor de las cuotas ordinarias, del establecimiento de aportes extraordinarios y de la disposición de fondos sociales para satisfacer objetivos de defensa de los intereses de sus socios.
  5. Imputación de lo recaudado.
  6. Decidir la publicidad de lo resuelto en esta Asamblea y de su cumplimiento por parte de los asociados.

 

 

ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE AVIABUE

ASOCIACIÓN DE AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO DE BUENOS AIRES

 

 

 

01.                           INSTALACIÓN

En la ciudad de Buenos Aires, siendo las diecisiete horas del día veintisiete de septiembre del dos mil, en la sede social de la Institución, sito en la calle Viamonte 640 – Piso 6°, se reúnen los miembros de la Comisión Directiva de la Asociación de Agencias de Viajes y Turismo de Buenos Aires, presididos por su Presidente, Dn. Daniel Manfredi, en presencia de asociados debidamente acreditados, con el propósito de dar inicio a la Asamblea General Extraordinaria, estatutariamente convocada, en los términos del art. 58° y 63° del Estatuto Social y una vez cumplimentados todos los recaudos del caso, en primera convocatoria.

 

Una vez que se verifica que no se cuenta con la mayoría de asociados exigida en el Art. 64° del Estatuto Social, o sea la mitad más uno de los asociados con derecho a voto, se resuelve esperar hasta las 18:00 horas para poder celebrar esta Asamblea en segunda convocatoria.

 

Siendo las 18:00 horas se procede a declarar instalada la Asamblea General Extraordinaria para considerar el Orden del Día, incluido en la Convocatoria reglamentaria, dejándose constancia de la ausencia del Sr. Inspector de Justicia.

 

02.                           LISTA DE ASISTENCIA – DECLARACIÓN DEL QUÓRUM

Sobre la base del control realizado por Directivos y personal de la Asociación, se constata la presencia de 33 delegados debidamente habilitados, en representación de 33 agencias asociadas, que han subscripto el Registro de Asistencia a la Asamblea y que concurren en representación de las agencias asociadas abajo indicadas, con lo cual se convalida el quórum requerido sobre la base de 379 miembros de AVIABUE, contándose con un total de 32 votos posible, dado que la agencia Viajes Especiales reviste calidad de Asociado Aspirante, por lo cual puede participar con voz, pero sin voto en la Asamblea conforme el art. 22 del Estatuto Social.

 

ABONIE TOUR

KONATOUR

ALCIRA TRAVELLERS SERVICE

LES AMIS

ALETHEIA EVT

LLOYD TRANSATLANTICO SRL

AMACON TOURS

NAVIJET S.A.

AMI TOUR

OESTETOUR

C & C TOURS

RAGO TOURS

C.D.S. TURISMO

RUMBO SRL

CHEZ NOUS TOUR

SABOR VIAJES Y TURISMO

CLEVELAND VIAJES Y TURISMO

SCANDIA TURISMO

COLUMBIA VIAJES

TRAVEL & KNOW

FAMA VIAJES

TRAVEL ONE S.R.L.

FURLONG

TURISMO SABITA

GADOR VIAJES

TURISMO SEPEAN

GERMANIA

VIAJES ALEAR

GORIZIA VIAGGI

VIAJES ESPECIALES

INTERFLY

VIAJES VERGER

 

VIRGI TOUR

 

Durante el transcurso de la Asamblea continúa el ingreso de asociados con derecho a voto, agregándose la asistencia de las siguientes agencias asociadas:

 

AMANECER

TOP DEST

SAN RAFAEL INTERNAT. TRAVEL

TURPLATA CIA. TCA. PLATA SRL

 

VIAJES GULLIVER

 

03.               DESIGNACIÓN DE DOS ASOCIADOS PARA REFRENDAR EL ACTA DE LA ASAMBLEA, CONJUNTAMENTE CON EL PRESIDENTE Y EL SECRETARIO.

 

El Sr. Di Giambattista de la agencia Columbia Viajes mociona a los Sres. Mauricio Verger (Viajes Verger) y Sabet Abd el Jalil (Turismo Sabita), la cual no existiendo objeciones por parte de los presentes, se aprueba ambas designaciones a tal efecto.

 

 

04.                           CONSIDERACIÓN DE LA CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA.

 

Preside la reunión el Sr. Daniel Manfredi, acompañado por el Sr. Mario Zirolli, en su calidad de Tesorero de AVIABUE y el Dr. Luis Moretti, Asesor Legal de la Institución, cediéndoles el uso de la palabra a los efectos de explicar a los presentes el motivo de la convocatoria y en las condiciones que se dio curso a la misma.

 

Hace uso de la palabra el Dr. Moretti para señalar que ante todo y tal como lo establece el Estatuto Social, es menester de los asambleístas expedirse sobre la validez del presente acto.

 

Prosigue explicando, que en los términos del art. 58° y 63° del Estatuto Social  se prevé un procedimiento de excepción para convocar a Asamblea General Extraordinaria en caso de suma urgencia, a cuya condición debió acogerse la Comisión Directiva de la Asociación a fin de celebrar la misma en el día de la fecha.

 

Se procede a dar lectura de los artículos antes citados, cuyo texto se transcribe a continuación:

 

“ART. 58:          Las Asambleas Generales Extraordinarias se celebran cuando la Comisión Directiva lo considere necesario o lo solicite el Presidente o tres miembros de la Comisión Directiva o lo pida la Comisión Revisora de Cuentas o lo requiera un mínimo igual al veinte por ciento de los asociados con derecho a voto explicando, en todos los casos el motivo de la solicitud. La citación se enviará a más tardar dentro de los quince días siguientes a la fecha de la consideración del pedido con el Orden del Día propuesta por los peticionantes.

En caso de no tomarse en consideración la solicitud de convocatoria o se negare ésta infundadamente a juicio de la Inspección General de Justicia se procederá de conformidad con lo que determine el artículo 10 inciso i) de la Ley 22.315.”

 

“ART. 63:          En caso de suma urgencia la Asamblea General Extraordinaria podrá ser convocada con una anticipación menor que la fijada por el artículo 58 por carta certificada con aviso retorno o por telegrama colacionado. En este caso, el primer punto de la Orden del Día, deberá ser la “consideración y aprobación de la Convocatoria a Asamblea”. Para el tratamiento de este punto no se requerirán mayorías especiales.”

 

Por lo expuesto, se hace referencia a la reunión de Comisión Directiva de fecha 21 de septiembre de 2000, en cual se consideró realizar la convocatoria en dichos términos, destacando que el motivo que consta en su respectiva acta “es la urgente necesidad de considerar la forma de atender la solicitud de colaboración que esta Asociación debe a la AAAVYT en referencia al expediente judicial, por todos conocido, iniciado contra las compañías aéreas UA, AA y BA”.

 

En consecuencia, en dicha reunión se resolvió la aprobación de la convocatoria y su correspondiente Orden del Día, así como proceder a notificar a los socios de la misma a través de carta certificada con aviso de retorno, conforme lo establece el art. 63° del Estatuto Social.

 

Se transcribe a continuación el Orden del Día de la Asamblea General Extraordinaria, como sigue:

 

ORDEN DEL DIA

Instalación.

Lista de Asistencia – Declaración de quórum.

Designación de dos asociados para refrendar el acta de la Asamblea, conjuntamente con el Presidente y el Secretario.

Consideración de la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria.

Consideración del valor de las cuotas ordinarias, del establecimiento de aportes extraordinarios y de la disposición de fondos sociales para satisfacer objetivos de defensa de los intereses de sus socios.

 Imputación de lo recaudado.

Decidir la publicidad de lo resuelto en esta Asamblea y de su cumplimiento por parte de los asociados.

Cierre

 

El Sr. Di Giambattista mociona que se de por aprobada la convocatoria, siendo su propuesta secundada por el Sr. Vasquez (Scandia Turismo).

 

Se aprueba por unanimidad.

 

El Sr. Szpryngier (Amacon Tours) consulta que, si independientemente de haberse cumplido con los requisitos formales pertinentes para notificar la convocatoria, si ella fue reforzada con comunicación adicional.

 

El Sr. Manfredi responde que se enviaron dos circulares por correo electrónico y también hubo información periodística en los medios del sector.

 

El Sr. Di Giambattista manifiesta que si bien se aclaró la premura con la cual se realizó esta convocatoria, la cual fue comprendida por los aquí presentes, adhiere a la observación de que se debería haber acompañado con una comunicación mayor, que impulse una participación masiva por parte de los asociados.

No obstante, y sin perjuicio de convalidar la aprobación unánime de la convocatoria a Asamblea, llama a la reflexión para casos futuros que puedan tener lugar.

 

Presidencia toma nota de dicha reflexión.

 

05.         CONSIDERACIÓN DEL VALOR DE LAS CUOTAS ORDINARIAS, DEL ESTABLECIMIENTO DE APORTES EXTRAORDINARIOS Y DE LA DISPOSICIÓN DE FONDOS SOCIALES PARA SATISFACER OBJETIVOS DE DEFENSA DE LOS INTERESES DE SUS SOCIOS. IMPUTACIÓN DE LO RECAUDADO. DECIDIR LA PUBLICIDAD DE LO RESUELTO EN ESTA ASAMBLEA Y DE SU CUMPLIMIENTO POR PARTE DE LOS ASOCIADOS.

 

El Sr. Daniel Manfredi hace referencia al juicio que enfrenta AAAVYT con las compañías aéreas American Airlines, British Airways y United Airlines, por el cual el Juez que entiende en la causa resolvió otorgar la medida cautelar a favor de AAAVYT, pero para que la misma sea efectiva y se notifique a dichas aerolíneas la Asociación Nacional debe constituir una fianza de $ 750.000.- en efectivo.

 

Ahora bien, para cumplir con este requisito se obtuvo un aval a través del Banco Nación, en donde se incluye todos los fondos disponibles de AAAVYT y el de sus Regionales, sumados a las hipotecas de los bienes para hacer frente a esta exigencia y arrivar a la suma requerida. Se solicitó a al Cámara de Apelaciones una reducción de dicho importe y que fue denegada.

 

Ante esta situación, la única posibilidad de establecer dicha fianza, se elevó un podido al Juez que en vez de que la fianza deba ser en efectivo, puede presentarse a través de una aval de Banco Nación, pero a la fecha no se ha recibido respuesta.

 

Por lo tanto, la urgencia de la presente convocatoria se debe a que los fondos que esta Asociación Regional puede facilitar a la AAAVYT, son valores en parte se encuentran inhibidos de ser utilizados, ya que es el producto de la venta del inmueble de la calle Paraguay 880, en su momento propiedad de AVIABUE y que en la Asamblea General Extraordinaria celebrada en 1999 se resolvió destinarlo únicamente para la compra de otro inmueble y que para cualquier otro destino que pretenda darse a dichos fondos se convoque nuevamente a una Asamblea.

 

En este orden y si bien AAAVYT hasta el momento viene realizando la defensa de los socios y ha conseguido resultados positivos, la Comisión Directiva de AVIABUE considera que no puede poner en riesgo sus recursos y subsistencia,  y si bien, hoy pueden disponer de una fianza, esta suma en el futuro debe reponerse a través del aporte de todos los socios, quienes en definitiva van a ser los beneficiarios del retorno al 9%.

 

Por otra parte, se sabe que el problema que se plantea con las compañías aéreas no sólo se circunscribe a las demandadas, sino que se debe considerar la posibilidad de que el resto de las aerolíneas se sumen a la reducción de comisiones, razón por la cual resulta esencial el retorno al 9% a través de la medida de no innovar.

 

En este contexto, es que se ratifica la idea de que las agencias de viajes deben retornar en el menor tiempo posible los fondos a las Instituciones que se están comprometiendo con este accionar.

 

Acto seguido, somete a consideración el punto N° 5 del Orden del Día, que es el establecimiento de cuotas extraordinarias y la aprobación de los fondos que estaban destinados exclusivamente para la compra de otro inmueble, puedan ser utilizados para este fin, que en definitiva es en defensa de los intereses de los socios.

 

Interpone el Dr. Moretti para aclarar que en Asamblea de AAAVYT se conversó sobre el valor disuasorio de la medida y en segundo término que los fondos producido por la venta del inmueble antes mencionado, no sólo están inhibidos sino que están imputados a la compra de otro inmueble, por lo que hoy se necesita la aprobación de esta Asamblea para disponer de los mismos, aún en forma provisoria.

 

Ante la consulta de uno de los presentes, el Sr. Zirolli explica que la fianza que se debe cumplir ante el Juzgado es de $ 750.000, pero al aval bancario que se solicitará para el mismo deberá adicionarse el costo de la hipoteca, gastos administrativos, intereses, etc., elevando esta cifra a $ 850.000 aproximadamente. Ahora bien, AVIABUE tiene previsto aportarle a la Asociación Nacional $ 550.000 una vez que se proceda al recupero correspondiente, el saldo se será integrado con parte de la recaudación de FIT, aportes de las Regionales, más todo aquello que se pueda conseguir.

 

A tales efecto, comenta con el permiso de los presentes, que surgieron varias ideas para recaudar el recupero que le corresponde a AVIABUE con el aporte extraordinario y que el mismo sea lo más equitativo posible, a través de las siguientes alternativas:

 

a-       Solicitar a las agencias que cedan el 3% de comisión de todas las compañías que retornarían al 9%, pero resulta inviable a través de BSP.

b-       La implementación de una cuota extraordinaria por un monto fijo, pudiendo recaudarse a través de BSP, cheques, débito directo, etc.

 

Por lo tanto, la única forma de recaudar el aporte de los socios, es estableciendo un monto fijo conforme al volumen de facturación de las agencia, para lo cual se clasificaron en cinco categorías, tomándose como parámetros la facturación del período comprendido entre el 01/01/00 al 31/07/00, a saber:

 

-          Más de 10 millones                            deberán pagar  $ 15.000.-

-          De 5 a 10 millones                             deberán pagar  $ 10.000.-

-          De 3 a 5 millones                                    deberán pagar  $   5.000.-

-          De 1 a 3 millones                                    deberán pagar  $   3.000.-

-          Menos del 1 millón                            deberán pagar  $   1.000.-

 

 

Seguidamente, el Sr. Zirolli aclara que con este estimativo, se prevé arribar a los $ 550.000.- que AVIABUE debe aportar provisoriamente a la AAAVYT, pero la Comisión Directiva está abierta a recibir las sugerencias o modificaciones que esta Asamblea determine.

 

Interpone el Dr. Moretti para señalar que en una Asociación Civil como ésta, la cuota extraordinaria de los socios es el aporte más transparente que puede existir.

 

El Sr. Vasquez (Scandia Turismo) consulta cuál es el monto que corresponde a la venta del inmueble, a lo que el Sr. Manfredi responde que aproximadamente $ 42.000.-.

 

Prosigue el Dr. Moretti, indica que desde un punto de vista legal, su consejo profesional sería en la medida de lo posible no disponer de dicho valor.

 

El Sr. Szpryngier hace referencia a lo tratado en la Asamblea Extraordinaria de AAAVYT, en la cual se manifestó que la Institución contaba con los fondos y que sólo se trataba de una cuestión de ingeniería. También expresa que, en lo personal, no está de acuerdo con que se deba aprobar un tema como éste con la presencia de tan sólo 33 delegados, sino que debería estar respaldada por más de un 50% de los socios, ya que es muy reducida la cantidad de representantes presentes en la Asamblea.

 

El Sr. Zirolli señala que si bien entiende su observación,  se convocó precisamente Asamblea porque el tema reviste carácter de urgencia para tomar una decisión, y la Comisión Directiva, por Estatuto no está facultada para resolver por sí sóla una cuestión de esta naturaleza.

 

El Sr. Sela (Alcira Travellers) plantea el interrogante sobre la posición del resto de las Asociaciones Regionales, a lo que el Sr. Manfredi responde que en principio esta Institución debe resolver en el marco de su competencia.

 

Se genera un intercambio de opiniones sobre el porcentaje que le corresponde a AVIABUE cubrir ante AAAVYT.

 

El Sr. Di Giambattista expresa sus consideraciones, a fin de aclarar dicho planteo, indicando que la Asociación realiza una serie de actividades para mantener sus recursos, como ser los eventos, y tal vez el interrogante esté en desconocer con precisión la inversión que se realiza de lo producido por los mismos, cuando podría servir para atender a cuestiones como las descriptas.

Ahora bien, considera acertada la decisión de la Comisión Directiva en someter a decisión de los socios determinados temas como éstos, tal vez, lo que se debería aclarar, ante la posible dificultad de reunir dichos fondos, es el compromiso de los socios para cumplir con este requerimiento.

Por lo tanto, sugiere que se apruebe este punto en discusión, la escala propuesta u otra, y seguir adelante.

 

El Sr. Zirolli aclara que efectivamente AAAVYT estaría en condiciones de disponer de los fondos que le exigen en el Juzgado a través de la fianza bancaria, pero a fin de resguardar su subsistencia los mismos deben ser recuperados a través del aporte de sus socios.

 

Prosigue el Sr. Di Giambattista para explicar, que si se hace el depósito en el Juzgado, y la acción judicial continúa adelante,  las agencias de viajes asociadas recuperarán su aporte a través del beneficio que obtengan con el retorno al 9% de la comisión, razón por la cual aboga para que tomen en cuenta esta prerrogativa.

 

El Sr. Szpryngier reitera su observación, en cuanto a la cantidad de delegados presentes.

 

El Sr. Zirolli señala que la Asociación está actuando en defensa de sus socios y está arbitrando los medios a su alcance para este fin, pero siendo los socios los beneficiados por esta acción, corresponde que realicen la devolución en la forma que sea posible.

 

Asimismo, aclara que en los parámetros que se han tomado en cuenta, representa menos del 3% de la facturación de cualquier agencia, sumado a ésto el pago financiado de la cuota extraordinaria, entiende que no debería resultar oneroso para los socios.

 

No obstante, si es menester aclarar nuevamente el problema de la representatividad, señala que la urgencia de la convocatoria que para dar celeridad al trámite que debe cumplir AAAVYT a fin de que el Juez se expida cuanto antes. En consecuencia, la única manera viable de hacer efectiva dicha gestión, era convocar a Asamblea Extraordinaria.

 

El Sr. Di Giambattista aclara nuevamente que el tema que debe resolver, si bien AAAVYT cuenta con los fondos, necesariamente se ve obligada a recuperar el mismo.

 

El Sr. Zirolli acota que en realidad lo que se intenta recuperar es el monto por la hipoteca del inmueble, más el costo operativo que necesita AAAVYT.

 

También expresa que AAAVYT ya cuenta con el apoyo de los socios a través de la Asamblea que la misma llevó a cabo, y esta Asociación al ser la Regional más importante debe apoyarla en todas las acciones que emprendan por este tema.

 

Comenta que extraoficialmente hizo un relevamiento a través de los socios de mayor facturación, y se mostraron predispuestos a apoyar este accionar.

 

No obstante, y si bien comprende la observación del Sr. Szpryngier, resulta de suma urgencia tomar una decisión al respecto, ya que se debe propender a la defensa del sector en conjunto, y aún más, sumando nuevos socios a partir de esto, ya que asimismo la Institución se ve fortalecida en tomar una decisión en conjunto.

 

La Sra. De Souza consulta si esta medida de aplicar una cuota extraordinaria, afecta tan sólo a las agencias IATA o bien se hace extensiva al resto de las agencias socias, respondiendo el Sr. Zirolli que la medida afecta sólo a las agencias IATA de todo el país.

 

El Sr. Vidow (Interfly) consulta, sobre la base de la cuota extraordinaria, si en el caso de que se acepte la fianza, el dinero producto de dicho aporte retorna a los aportantes, ya que de ser así no sería una cuota extraordinaria.

 

El Sr. Zirolli responde que efectivamente se trata de una cuota extraordinaria, ya que por siendo ésta una Asociación sin fines de lucro, dicho aporte retorna al socio, lo cual luego se evaluará de qué forma.

 

El Dr. Moretti  aclara lo siguiente:

Que no se puede devolver en dinero en efectivo, ya que se trataría de un préstamo, y ésto no podría ser resuelto por una Asamblea, sino que implicaría una negociación individual con c/u de los prestamistas.

a)      Que es la primera vez que por ser socias de AAAVYT las agencias se ven beneficiadas;

b)       Respecto a la cuota extraordinaria: al momento de aprobarse el presupuesto de la Institución, no había forma de prever la situación generada con las compañías aéreas  a partir del 15 de enero de 2000.

c)       El mecanismo normal de recaudación de una Asociación es a través de la cuota social.

d)      Ahora bien, de existir remanente del recupero, la Comisión Directiva deberá resolver: 1) si procede a la compra del inmueble; 2) si rebaja la cuota social; 3) si acredita cuotas; lo que no puede es proceder a la devolución en efectivo, ya que se trataría de una cuestión comercial, y en este orden la Asociación está inhibida.

 

Interpone el Sr. Vidow para señalar, que atento a la explicación brindada anteriormente, se aclare a los socios que se trata de una cuota extraordinaria que en función de ser positiva las acciones legales, se buscará la forma a través de las opciones antes citadas, de acreditar a las agencias su aporte.

 

El Sr. Sela consulta qué sucede en caso de que la decisión de la justicia resulte desfavorable para el sector, concretamente si se prevé apelar en una instancia superior. Por otra parte, hace referencia a la medida de fuerza adoptadas por las compañías en Salta.

 

El Sr. Zirolli responde que en principio lo que se está planteando es sobre la medida cautelar, y en otro orden, se está llevando adelante el juicio, el cual se encuentra en una etapa de mediación. Sin embargo, se sabe que no es una confrontación fácil la que se está llevando a cabo en defensa del sector.

 

El Sr. Szpryngier consulta si para el caso que también se vaya a juicio contra las compañías aéreas Lufthasa y Air France, también deberá depositarse la contracautela.

 

El Sr. Zirolli responde que mantuvo comunicación con los representantes de Lufthansa, quienes anticiparon que no era su intención que AAAVYT entable una demanda en su contra y que si el Juez ordena el retorno al 9% ellos acatarían esta orden.

 

El Dr. Moretti respondiendo también a dicha consulta, explica que desde el punto de vista jurídico, la situación puede ser en parte similar a la situación planteada con AA, UA y BR. No obstante, aclara que en este caso se trata de una medida cautelar, la cual en esta etapa, resulta favorable para la Institución, puede ser cuestionada o revocada, depende el curso que vayan tomando, el tema pasa en ver hasta cuando dura, pero  las agencias en ese período seguramente se van a ver beneficiadas por la diferencia del 3%. Respecto al monto de la contracautela, queda a criterio del Juez que entienda en la causa.

 

El Sr. Di Giambattista, analizando las variables que se presentan sobre las acciones encaminadas a la fecha y el resultado del mismo, entiende que las agencias deberían asumir una actitud favorable, ya que retornarían al 9% de comisión. Ahora bien, manifiesta que posteriormente se deberá evaluar una estrategia sobre los pasos a seguir, con la posibilidad de dejar abiertos los canales de dialogo con las líneas aéreas.

 

El Sr. Zirolli señala que en todo momento las Instituciones estuvieron dispuesta a dialogar, pero lamentablemente hasta el momento la respuesta de la otra parte ha sido negativa y cerrada. No obstante, indica que la acción judicial forma parte de una herramienta más de la política institucional, pero comparte la sugerencia de propender al diálogo.

 

El Sr. Grill (Amanecer) considera que se debe llegar a esta instancia, no sólo por el hecho de enfrentar un juicio, sino para que las líneas aéreas reconozcan la identidad de las agencias de viajes No obstante, y más allá del orden judicial, lo que se debe perseguir es la obligación al diálogo por parte de las compañías aéreas.

 

Prosigue, sugiriendo como una alternativa a ser aplicada a la cuota extraordinaria, si se conoce la facturación de las agencias, ya que es considerable la diferencia en el volumen de emisión entre las agencias ubicadas en la última categoría (hasta un millón), por lo cual debería asignarse porcentuales según la emisión de cada una.

 

Se intercambian opiniones evaluando dicha alternativa.

 

El Sr. Zirolli aclara que si bien se parte de una propuesta inicial como la presenta por la Comisión Directiva y ésta puede ser perfeccionada, lo que se busca es simplicidad en el procedimiento que se aplicará para recuperar los fondos. También señala que desde la Institución se están extremando todos los recursos disponibles para llegar al aporte que AAAAVYT necesita de esta Asociación a los efectos inmediatos, es por ello que también se pensó en la posibilidad utilizar los fondos producto de la venta del inmueble.

 

El Sr. López (Konatur) sugiere incorporar una categoría más en el nivel antes descripto.

 

El Sr. Di Giambattista mociona para que se apruebe este punto, conforme a la planificación prevista por la Comisión Directiva, dejando abierta la posibilidad de que se evalúe dicha sugerencia respecto a incorporar una sexta categoría.

 

Se intercambian opiniones.

 

El Sr. Zirolli aclara que no existiría impedimento para establecer una sexta categoría. En todo caso, debe aumentar el monto previsto para el primer nivel, incorporando una séptima categoría o bien aplicando una categoría intermedia.

 

El Dr. Moretti aclara que puede existir una dificultad legal en cuanto a lo que sea porcentaje.

 

El Sr. Chiappe (C & C Tours) indica que a su entender, se están planteando dos opciones, a saber: 1) Incorporar una sexta categoría; 2) Aplicando el porcentaje en función al volumen de emisión concreto. Al respecto, apoya la segunda moción, ya que resulta más equitativo.

 

El Sr. Zirolli explica que dicha opción fue una de las primera que se tomó en cuenta, pero su ingeniería demandaría mucho tiempo y trabajo, además de presentarse la dificultad  que la cuota extraordinaria desde el aspecto legal debe ser determinada. Asimismo, los listados obtenidos extraoficialmente sobre el volumen de facturación, si bien permiten ser utilizados como indicadores, no resultan ser los suficientemente precisos para aplicarse a la metodología porcentual exacta  por cada agencia. Ahora bien, cuando surja duda para establecer las categoría que corresponda a la agencia, se consultará con la misma.

 

La Sra. Reinhold transmite sus dudas de que esta Asamblea, si bien está constituida, resulte lo suficientemente representativa al contar con la presencia de tan sólo el 10% de los asociados, si se compara con la que realizó AAAVYT, donde se contó con una asistencia del 25%, por lo que teme que sea aceptada la resolución que se adopte en esta convocatoria.

 

El Sr. Manfredi indica que esta Asamblea es soberana precisamente para decidir sobre los puntos que se están planteado, y que fue convocada en tiempo y forma, habiéndose cumplido con los requisitos pertinentes.

 

La Sra. Reinhold aclara que su inquietud se basa en que los socios al desconocer las pautas que se están planteando en esta Asamblea acepten las mismas, máxime si se considera que muchas veces el socio presenta dificultades económicas que hasta deben renunciar a la Asociación porque no pueden pagar la cuota social.

 

El Sr. Di Giambattista manifiesta que si bien esta Asamblea puede no ser representativa en cuanto a la cantidad de socios presentes, pero también se sabe que resulta necesario e inmediato resolver el tema que se está planteando.

 

El Sr. Zirolli reitera que la única forma viable que tiene la Asociación para cubrir los fondos exigidos es a través del aporte de sus socios. Ahora bien, en aquellos casos que los socios que presenten dificultades concretas para cumplir con esto, será atendido en forma particular.

 

Se genera un intercambio de opiniones.

 

El Sr. Sela (Alcira Travellers) comparte la inquietud expresada por la Sra. Reinhold, y en tal caso, sugiere que lo resuelto en la presente Asamblea debería estar acompañado con una campaña de comunicación, por la cual se le explique al socio con la mayor claridad posible esta situación a fin de que comprenda en qué consiste su aporte y el beneficio que obtendrá con el retorno al 9%. También se aclare que para aquellos casos que tienen dificultades para cumplir con su aporte, serán tratados en forma diferencial.

 

El Sr. Di Giambattista mociona para que se incorpore una sexta o séptima categoría, en la medida que sea necesario y se determine la cantidad de cuotas para facilitar el pago de las agencias. La moción es secundada por el Sr. Vasquez.

 

La Sra. Reinhold mociona comunicar la decisión que adopte esta Asamblea a los socios, acompañado de un plan que clarifique la misma, ad-referendum del retorno del 9%.

 

Se genera un nuevo intercambio de opiniones.

 

El Sr. Perez (ExPresidente de AVIABUE), consulta si se establecerán penalidades para quienes no cumplan con el pago de la cuota extraordinaria.

El Sr. Bacot Vidal ( Chez Nous) mociona para que se establezcan penalidades en dichos casos. El Sr. Feldman secunda la moción.

 

El Sr. Zirolli señala que se debe aplicar lo que dicta el Estatuto Social en cuanto al incumplimiento de los socios, una alternativa es disponer la baja de los mismos en su calidad de asociado.

 

La Sra. Reinhold indica que no es suficiente, a lo que acota el Sr. Feldman que también se puede incluir como penalidad limitar su ingreso, tanto en calidad de expositores como visitantes, en a los eventos que esta Asociación organiza y por otra parte, publicar y dar a difusión la nómina de no cumplan, durante los próximos tres años.

 

Se genera un debate, con las siguientes opiniones:

El Sr. Di Giambattista secunda la propuesta.

El Sr. Szpryngier manifiesta su desacuerdo respecto a la difusión.

El Sr. Zirolli considera que sí se debe dar a conocer quienes cumplen y quienes no.

 

Toma la palabra el Sr. Di Giambattista, para señalar que resulta conveniente explicarle a los socios en forma clara lo resuelto por la Asamblea.

 

El Sr. Boechat secunda la moción, ya que considera clave la comunicación al socio sobre los alcances y beneficio de esta decisión.

 

Prosigue el Sr. Zirolli haciendo un resumen de las mociones presentadas a los efectos de su resolución, a saber:

Facultar a la Comisión Directiva a fijar la cuota extraordinaria y su cobro correspondiente a partir de la entrada en vigencia de la medida cautelar, bajo los siguientes parámetros:

- Establecer hasta siete categorías para el aporte de cuotas extraordinarias, fijando hasta un máximo de $ 15.000.- y un mínimo tentativo de $ 500.-, según lo que determine la Comisión Directiva.

- Admitir que la cuota será cancelable en cuatro mensualidades, iguales y consecutivas, según el mecanismo que determine la Comisión Directiva.

- Atender casos puntuales de quienes no puedan cumplir. No obstante, la cuota extraordinaria tendrá carácter obligatorio para todos.

- Establecer penalidades para quienes no cumplan.

- Comunicar quienes cumplan y quienes no (por morosidad).

 

Interpone el Sr. Verger para observar que no concuerda con lo anunciado en la Asamblea Extraordinaria de AAAVYT, ya que recuerda que el Presidente de dicha Asociación manifestó que se contaba con los fondos y que habría una ingeniería, razón por la cual considera contradictorio.

Se intercambian opiniones por la cual se expresan ciertas aclaraciones nuevamente sobre los fondos a ser recaudados.

 

El Sr. Pérez acota que una de las cuestiones que se debe hacer notar a los socios, es la pérdida económica que tuvieron desde el inicio del litigio con las compañías aéreas.

 

Toma la palabra el Sr. Zirolli, para aclarar nuevamente las mociones antes presentadas en su resumen.

 

El Sr. Szpryngier acota que se aclare a los socios que la cuota extraordinaria deberá pagarse a partir del retorno al 9% e informar de las penalidades para quienes no cumplan.

 

Se acuerda por voto unánime aprobar la moción presentada, conforme a los siguientes términos:

 

Facultar a la Comisión Directiva a fijar la cuota extraordinaria y su cobro correspondiente a partir de la entrada en vigencia de la medida cautelar, bajo los siguientes parámetros:

- Establecer hasta siete categorías para el aporte de cuotas extraordinarias, fijando hasta un máximo de $ 15.000.- y un mínimo tentativo de $ 500.- [1] según lo que determine la Comisión Directiva.

- Admitir que la cuota será cancelable en cuatro mensualidades, iguales y consecutivas, según el mecanismo que determine la Comisión Directiva.

- Atender casos puntuales de quienes no puedan cumplir. No obstante, la cuota extraordinaria tendrá carácter obligatorio para todos.

- Establecer penalidades para quienes no cumplan.

- Comunicar quienes cumplan y quienes no [2].

- A partir de la resolución de la justicia de retornar al 9%

-          Se tomaría como una cuota ordinaria para el BSP a los efectos de las categoría de los socios.

 

El Sr. Zirolli, considera que sería más viable tratar de cobrar por BSP.

El Sr. Di Giambattista opina que se debería establecer un sistema más flexible para contemplar a aquellas agencias que no quieran pagar por BSP.

 

El Sr. Zirolli indica que se solicitará autorización a las agencias para debitarlo por BSP.

Acto seguido, el Sr. Zirolli somete a consideración facultar a la Comisión Directiva a disponer de los fondos provisoriamente, producto de la venta del inmueble de la calle Paraguay 880.

 

El Sr. Vasquez mociona porque se apruebe dicha propuesta.

 

El Sr. Chiappe reclama al Dr. Moretti que explique lo dicho cuando recomendó no utilizar los fondos que corresponden a la venta del inmueble.

 

El Dr. Moretti responde que sus manifiestos corresponden a tomar como referencia la forma en que fue convocada la Asamblea Extraordinaria en la cual se resolvió la venta del inmueble y su correspondiente imputación, por lo que puede existir alguna advertencia de algún socio que concurrió a esa Asamblea y que hoy no está presente.

 

El Sr. Manfredi observa la inquietud manifestada por el Dr. Moretti, ya que la participación de los socios en cada una de las Asambleas no necesariamente deban ser los mismos, por lo que entiende que el planteo presentado es equívoco, si se toma en cuenta lo establecido en el Estatuto Social para convocar a Asamblea General, ya que las resoluciones que se adoptan en el seno de la misma, no invalida ni prevé limitación alguna para resoluciones futuras que se adopten en igual carácter. Asimismo, destaca que lo resuelto en la A.G.E. del año ´99, para el caso en que se pretenda dar otro destino a los fondos producido por la venta del inmueble, que no fuera la compra de otro, debía precisamente citarse a una Asamblea General Extraordinaria para su aprobación, siendo que así se ha actuado y que hoy es uno de los puntos que se está sometiendo a su aprobación.

 

El Dr. Moretti indica que se pueden utilizar esos fondos y aconseja que con el aporte extraordinario de los socios, el mismo sea reintegrado.

 

El Sr. Nitka (Travel and Know) secunda la moción presentada por el Sr. Vasquez, porque se apruebe dar autorización a la Comisión Directiva para disponer de esos fondos, en los términos referidos.

 

Se acuerda por unanimidad aprobar dicha moción.

 

06.               CIERRE

Habiéndose tratado todos los puntos del orden del día, siendo las: 19:30 hs. Se da por finalizada la Asamblea.

 

Daniel Manfredi –  Presidente

Jorge Rodríguez – Secretario                                                                               

Carolina de Souza – Secretario de Actas

Mauricio Verger - Asambleísta

Sabet Abd el Jalil – Asambleísta

 


 

 

LADEVI  URGENTE,  26 de Septiembre de 2000

American saca las chapas

 

Después que la Justicia Federal salteña notificó a American Airlines que debe comisionar a los socios de la Asociación Salteña de Agencias de Viajes y Turismo con el 9% la compañía aérea decidió rescindir los contratos con la Veloz del Norte y a Cléber Tour.

 

 

 

LADEVI AL DIA,  28 de Septiembre de 2000

Comisiones: aporte monetario de socios de Aviabue

 

En una Asamblea General Extraordinaria llevada a cabo el miércoles en la Asociación de Agencias de Viajes y Turismo de Buenos Aires (AVIABUE), se decidió que los socios de la entidad deberán aportar una cuota extraordinaria para hacer frente al monto de caución impuesto por la Justicia para volver al 9% de las comisiones. La ”colaboración” estará relacionada con los volúmenes de emisión de cada compañía asociada, por lo que fueron definidas siete categorías, las que contemplarán un aporte mínimo de US$ 500 [3] y un máximo de US$ 15 mil.

Con esta determinación, la asociación planea juntar unos US$ 540 mil de cara a cubrir el monto de caución de US$ 750 mil que hay que pagar para que se haga efectiva la medida de no innovar.

El aporte será obligatorio y se podrá realizar hasta en cuatro cuotas mensuales, aunque todavía no se ha definido una fecha para hacerlo efectivo.

 

 

 

REPORT -  02 de Octubre de 2000

Las chapas de la discordia

 

American Airlines decidió retirar la chapa de dos agencias de viajes de Salta, cuando la justicia provincial dispuso el retorno a las comisiones del 9%.

Probablemente tenga la secreta ambición de imitar a su colega British Airways que en Gran Bretaña decretó la abolición de las comisiones y su reemplazo por un pago fijo por reserva confirmada.  La medida tuvo que posponerse hasta abril del año próximo.  Si se hace efectivo, lo más probable es que los agentes no tengan más salida que la de comenzar a cobrar aranceles profesionales.

 

 

 

LADEVI -  02 de Octubre de 2000

LOS SOCIOS DE AVIABUE DEBERAN APORTAR ENTRE $500 Y $15.000 PARA LA CAUCION

 

La semana pasada Daniel Manfredi asumió la presidencia de AVIABUE y la verdad es que para empezar no la ha tenido fácil. Ese mismo día se realizo la Asamblea Extraordinaria a la que se convoco  para definir si los socios estaban de acuerdo en realizar un aporte extra para cubrir el dinero que implica hacer efectiva la caución ante la Justicia y así lograr que AA, BA y UA vuelvan a abonar el 9% de comisión.

El aporte será obligatorio y se podrá efectuar en hasta 4 cuotas mensuales, pero todavía no hay una fecha definida para aplicarlo. Mientras tanto se analizan las posibles sanciones para quienes no lo realicen. Según aseguran en AVIABUE se tendrá en cuenta la situación de las empresas comprometidas económicamente. SI bien Manfredi manifestó sorpresa por la escasa concurrencia  relativizo el  hecho afirmando que puede tener que ver con los contactos telefónicos llevados a cabo por los directivos durante los días previos a la reunión en los que muchos dieron crédito al accionar de la Comisión Directiva. Sin embargo este medio lo consulto acerca del porque no se había pedido la colaboración de los medios de prensa, admitió que hubo algunas desprolijidades que tuvieron que ver con la urgencia de la convocatoria, y pidió colaboración para difundir en los medios el contenido de una comunicación que seguramente se  emitirá la semana próxima en la que quieren explicar lo mas sencillamente posible lo ocurrido para que tanto quienes participaron como los que no entiendan el espíritu que nos anima a seguir adelante con esta política.

 

 


 

El miércoles 04 de Octubre de 2000 se reune la Comisión Directiva de AAAVyT presidida por el Sr. Marco Palacios,  cuya parte referida a estos temas se reproduce a continuación:

 

                     ACTA DE LA REUNIÓN DE COMISION DIRECTIVA AAAVYT

 

Fecha: miércoles 04 de octubre del 2000

Hora : 18:00

Lugar: Sede AAAVYT –Salón José Ventura Pérez

 

D E S A R R O L L O

 

Informe de Asesores

Jurídico: el Dr, Moretti sintetiza las acciones desarrolladas en su reciente viaje a Salta con motivo de la decisión judicial adoptada con American Airlines y United Airlines. 

Por la mañana se ocupó de preparar la denuncia y presentarla contra la primera de        esas empresas que lo fue ante el mismo Juez Federal que dictó la sentencia. La misma pasó al fiscal, que aún no dictaminó, según informó el Dr. Belllini. Se refiere a la citación que se ha hecho para que comparezca el señor Hurtado, de AA, quien debe viajar a  Salta.

 

Por la tarde preparó un escrito de 16 páginas  contestando al presentado por American        Airlines e indica que la parte formal procesal se la encomendó al Dr. Bellini. Este le ha propuesto lograr igual resultado al de Salta en Tucumán y en Jujuy con honorarios del orden de los $ 2.000.  Preguntado por el señor Palacios si es imprescindible realizar esa gestión o si  se obtiene igual resultado hacerlo en Buenos Aires, no se considera así, de  manera que se resuelve esperar.

Se dialoga respecto a la posibilidad de  viajar a Tucumán con un escribano para  comprar un pasaje a nombre de La Veloz del Norte (señor Perri) siendo que el representante de AA ha indicado tener instrucciones de Buenos Aires de pagar sólo el 6 % De mantenerse en esa posición, con el acta que se labraría, se reforzaría la denuncia  de desobediencia que fuera presentada en Salta.

Se inicia un amplio diálogo respecto a las posibilidades de adquirir pasajes directamente en la empresa, presentándose como personal de Cléver Tour, lo que de acuerdo con el Dr. Moretti no podría dejar de reconocer la comisión  del 9 %. La presentación debería hacerse con una certificación dada por la regional salteña del carácter de asociada, esto podría hacerse también en Buenos Aires.

El Dr. Moretti señala que se recibió la cédula de notificación desde Salta, pero  como estaba mal, debió rehacerla para entregarla a American Airlines y a United Airlines, lo que en una semana estará listo.

También menciona haber recibido la denuncia de Neuquén. Aclara que la abogada inició el juicio sin  solicitar la medida cautelar. Señala que las tres  líneas aéreas fueron notificadas, en tanto que la sentencia de Salta ya lo ha sido con respecto de American Airlines y de United Airlines. Se aclara la razón por la cual en  Salta no se denunció también a British Airways ( no se había recibido la notificación oficial de ella).  Salta quieren tener recortes periodísticos  de la medida unilateral de AA (se enviaron en tiempo el 04.09.00)  , porque se pretende demostrar  la caducidad de las chapas se consumó el 07 de setiembre cuando AA. conocía la medida de Salta y por ello procedió al retiro de las mismas.

Acota que Córdoba ha informado que su presentación ha sido denegada por la Cámara    antes   lo había sido por el juez, razón que se aconsejó a la ACAV no proseguir con el tarea.

En relación con el juicio de Buenos Aires, indica que el juez Tresguerras dijo que es uno de los supuestos contemplados por el Código y pide la presentación de la caución bancaria para entonces resolver en definitiva sobre la cuestión.

 

Ante una dificultad que se produjo porque la resolución de Tresguerras no estaba firmada, indica que declaró bajo juramento que el expediente era original.

Menciona, además, que el lunes por la mañana se presentó una nota al banco  e indica que no sabe cuando saldrá el aval. El señor Belio hace saber que el Banco Nación lo aprobó y se está en condiciones de firmar mañana por la tarde, para lo cual hay que depositar los U$D 500.000 y firmar la hipoteca. Al hacerlo, de inmediato se tendría el aval bancario, para lo cual AVIABUE deberá entregar los $ 100.000.- comprometidos para sumarlos a los 450.000 que tiene AAAVYT. Indica que esa regional tiene ya 70.000, faltándole sólo 30.000- Se dispone que AAAVYT deberá  complementar lo necesario.

 

Como última novedad el Dr. Moretti indica que se dio por terminada la  mediación con lo cual es urgente conseguir la medida cautelar para dar traslado de la demanda.  Hay una posibilidad con la mediadora de reabrir la mediación para discutir en un terreno neutral, para lo cual se ha sugerido  un encuentro del señor Palacios con el señor Bragado. La abogada prometió abrir la mediación si ese encuentro en un lugar neutral se realiza. El Dr. Moretti considera conveniente hacerlo para seguir demorando el trámite principal. Se acuerda que el Dr. Moretti coordinará este encuentro llamando a la abogada para concertar la entrevista para la semana siguiente a la próxima.

 

ACUERDO: se toma nota del informe, disponiendo se adopten las medidas indicadas en su transcurso.

 

Comisiones aéreas en Brasil: destaca el anuncio de que Brasil ganó el juicio y se ha logrado un fallo que restituye las comisiones al 9 y al 10 %.

Juicio contra las líneas aéreas: informa que habiéndose negado la apelación para reducir la caución de $ 750.000. han realizado las acciones para reunir esa suma, a saber:

           $    450.000         en efectivo de AAAVYT

           $    100.000         de AVIABUE

           $    300.000         por hipoteca de esta sede.

 

La operación se efectuará el día de mañana y está preparada la carta para que acepten la fianza, de manera que las agencias podrán cobrar de inmediato el 9 % de comisión al ser notificadas las empresas involucradas.

Hace mención a la comunicación que está preparando para informar a los asociados, incluyendo en ella el nivel de aportes que se les solicita, la forma de pago y la manera en que se devolverán los fondos.

Aclara el Sr. Marco Palacios perfectamente que estas acciones de la Comisión Directiva son resultado de las decisiones unánimes de la Asamblea General Extraordinaria del mes de julio.  Ratifica conceptos anteriores en el sentido de que AAAVYT fue empujada a la denuncia efectuada, pero destaca que  de no haberlo hecho, las comisiones no sólo hubieran sido del 6 % sino hubieran disminuido.

Hace notar que en Salta la denuncia se amplía con respecto a Air France, British Airways y Lufthansa .

Ante una consulta sobre si los asociados no cubren esos aportes, contesta que si no lo hacen no habrá a quien defender y no existirá la AAAVYT .

Se pregunta qué pasaría si AA retirara las chapas a las agencias, contestándose que: a) se trabajaría con los GSA y la oficina matriz de la empresa; b) que AA nombraría a algunos, no muchos operadores importantes  y c) que podría dejar  de operar con Argentina.

 

Se hace saber que United Airlines ha circularizado que si le compran a ella otorgará un premio de más de 4.000 millas [4].

Se toma nota de las expresiones del Dr. Bendjouya, del BSP, en el sentido de que si AAAVYT gana el juicio, AA aplicaría tarifas netas (no podría hacer eso por la resolución judicial). También se ha amenazado con el remante de esta sede en caso de perder el juicio.

 

Ratifica esto el señor Palacios al indicar, nuevamente, que AAAVYT fue empujada por las compañías a estas acciones y que en la mediación se manifestó la agresividad de los enviados de ellas.

El señor Suárez considera que se debió utilizar otro procedimiento para el cobro de los aportes, utilizando al BSP, lo que se descartó por varias razones [5].

El señor Andía cita  la actitud del señor Espindola en un almuerzo con otros agentes de viajes y sus respuestas, lo que volcó el concepto a su favor. Se menciona también la actitud de ITC  que informaba a Luxor que se negaría al aporte.

El señor Palacios indica que los directivos que pertenecen a regionales de fuera de Capital Federal, procedan en sus respectivas áreas a dialogar con los asociados y a explicarles con claridad  el procedimiento que se sigue. Así los harán los señores Zabludovich, Moscato, Ríos, Oliva, Perri y Andía.

Se considera que  las actitudes negativas de algunos agentes obedece a que no conocen a fondo el tema y de ahí la necesidad de difundir con precisión los conceptos aquí vertidos.

En ese sentido el señor Palacios procede a leer el proyecto de comunicación a distribuir entre los asociados, sugiriéndose que deberían darse ejemplos concretos del recupero que tendrían quienes aportan, en uno o dos meses de cobro del 9 %.

 

ACUERDO: tomar nota del informe y aprobar lo actuado hasta el momento.

 

Aval del Banco La Nación:  con referencia a la probación del aval dada en la reunión de la C.D. del  12.09.00 se tiene en cuenta la resolución complementaria emitida por ese misma banco, que dice:

                                                        RESOLUCIÓN                                                                 

               En el asunto ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AGENCIAS                                 

               DE VIAJES  S.A. CL..”DE” 5574 de Sucursal Plaza de Mayo, se dispone                  

               Modificar los términos de la Resolución del H.D. de fecha 14/09/00,               

             “ donde dice:

                

                 EMITIR AVAL hasta la suma de U$S. 750.000.- (DOLARES ESTA-

                 DOUNIDENSES SETECIENTOS CINCUENTA MIL) para el Banco

                de la Ciudad de Buenos Aires a favor de la titular, conforme modelo

                que adjuntará oportunamente emanado de la instancia Judicial corres         

                pondiente y previo dictamen de nuestra Asesoría Legal, prestando

                 conformidad al texto y conforme a las siguientes características  parti-

                 culares: “

 

                 El que quedará redactado de la siguiente manera:

 

                 EMITIR AVAL hasta la suma de U$S 750.000.- (DOLARES ESTA-

                 DOUNIDENSES SETECIENTOS CINCUENTA MIL) a favor de

                 la titular, para ser presentado ante el Juzgado que corresponda, con-

                 forme a las siguientes características particulares:

 

                 SE MANTIENEN INVARIABLES LAS RESTANTES CONDICIO-

                 NES ESTABLECIDAS EN LA RESOLUCIÓN DE ORIGEN

 

                 CONDICIONES COMUNES:

                      Forman parte de la presente las cláusulas y condiciones que

                      figuran  en las solicitudes y anexos respectivos.

                      As:  Asoc. Argentina de Agencias de Viajes y Turismo SA.  CI 

                      “DE” 5574 de Sucursal Plaza de Mayo.

                      Por expresa disposición del Ministerio de Economía de la Nación

                      (Res. 74 / 91 ) este Banco, ante cualquier incumplimiento en el

                      pago de impuesto y / o contribuciones   a cargo de la titular,

                      considerará de plazo vencido el total de los préstamos acordados

                      y / o refinanciados.

                      La titular deberá prestar conformidad mediante la transcripción

                      textual al Libro de Actas de Directorio, con certificación ante

                      Escribano Público.

 

                     ORDEN INTERNO: Efectuar las comunicaciones de práctica.

 

ACUERDO: Tomar nota y dar conformidad a lo actuado

 


 



[1]   Finalmente se determinaría una cuota/aporte mínimo de $ 350.-

[2]   Estas circunstancias y acciones han sido comunicadas y cumplidas por la Institución.

[3]  El aporte mínimo sería de $ 350.-;  las notas hablan de dólares, pero en realidad todo se cobraría en pesos.

[4]    Sobre este tema la AVIABUE se enfrentaría fuertemente con United Airlines.

[5]   Otra vez se insistía con el cobro de las cuotas extraordinarias por el BSP;  las razones ya han sido ampliamente explicadas en este mismo documento,  y no resiste el menor analisis.

<atrás>